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En aras de la prevención de incendios forestales, de conformidad con establecido por el Cabildo de Gran Canaria, entidad competente en la materia, se comunica a los vecinos/as de Tejeda lo siguiente:
Primero: Es una obligación de los propietarios del suelo, la limpieza de al menos los 15 metros que se encuentran alrededor de su vivienda, de todo aquello que se considere residuos, matorral espontáneo y de vegetación seca, por tratarse de una obligación en materia de prevención de incendios forestales. Para esta actuación no es necesario obtener autorización administrativa alguna.
Segundo: La acumulación o vertido de residuos vegetales, puede constituir una infracción a la Ley de Montes, prevista en el artículo 67, apartados e) y q), pudiendo dar lugar al inicio del correspondiente expediente sancionador con la imposición de una sanción económica para la persona responsable de su incumplimiento.

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