Por la presente se informa de la ampliación de crédito, hasta la cantidad total de 6.000.000€, destinada a la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo. Las bases están previstas en el Boletín Oficial de Canarias de fecha 28 de enero de 2020, BOC nº18, mientras que la ampliación de crédito queda recogida en Boletín Oficial de Canarias de fecha 15 de marzo de 2021, BOC nº 52.
El objetivo del programa, y a través de la concesión directa de subvenciones, es facilitar la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Beneficiarios:
– Podrán ser beneficiarias las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el SCE, cuando se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Canarias y se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante RETA), así como en los demás sistemas especiales por cuenta propia.
Requisitos:
Como requisitos fundamentales, destacar:
– Haber solicitado el Servicio denominado “Promoción del Empleo Autónomo” ante el SCE, en fecha anterior al alta y a la solicitud de la subvención.
– Haber causado alta en el RETA o demás sistemas especiales por cuenta propia. También será necesario darse de alta en el Censo de obligados tributarios y en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Estar de alta de terceros en el Sistema de Gestión Económica y Financiera del Gobierno de Canarias (SEFLOGIC).
– Realizar su actividad empresarial o profesional y tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
– Cumplimentar declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para recibir subvenciones, informar sobre subvenciones que se hayan recibido para la misma finalidad, declarar su pertenencia o no a determinados colectivos de vulnerabilidad social, entre otros requisitos previstos en las bases.
Cuantías:
Se prevé, además, un incremento en la subvención correspondiente si, además de cumplir los requisitos anteriormente citados, tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y, esta información conste en su demanda de empleo en el momento del alta como trabajadora autónoma.
El plazo de admisión de solicitudes estará abierto hasta el agotamiento de la partida presupuestaria.
Para más información contactar con nuestro técnico PRODAE que se encuentra ubicado en el Ayuntamiento de Tejeda.
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Correo: Prodae@tejeda.es