Bienvenidos a Ayuntamiento de Tejeda   Click to listen highlighted text! Bienvenidos a Ayuntamiento de Tejeda

Por la presente se informa de la convocatoria de las SUBVENCIONES DESTINADA A PALIAR EL IMPACTO ECONÓMICO DERIVADO DE LA CRISIS SANITARIA PRODUCIDA POR EL COVID-19 EN TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y PYMES DE DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE LA ISLA DE GRAN CANARIA, promovidas desde el Cabildo de Gran Canaria.

Pueden acogerse a estas subvenciones los autónomos y pymes que desarrollen las siguientes actividades:

  • 671.1 Servicios en restaurantes: De cinco tenedores.
  • 671.2 Servicios en restaurantes: De cuatro tenedores.
  • 671.3 Servicios en restaurantes: De tres tenedores.
  • 671.4 Servicios en restaurantes: De dos tenedores.
  • 671.5 Servicios en restaurantes: De un tenedor.
  • 672.1 En cafeterías: De tres tazas.
  • 672.2 En cafeterías: De dos tazas.
  • 672.3 En cafeterías: De una taza.
  • 673.1 De cafés y bares con y sin comida: De categoría especial.
  • 673.2 De cafés y bares con y sin comida: Otros cafés y bares.
  • 674.1 Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar: Servicio en vehículos de tracción mecánica.
  • 674.5 Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar: Servicios que se presten en sociedades, círculos, casinos, clubes y establecimientos análogos.
  • 674.6 Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar: Servicios establecidos en teatros y demás espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo, excepto los bailes y similares.
  • 674.7 Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar: Servicios que se prestan en parques o recintos feriales clasificados en el epígrafe 989.3.
  • 675 Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, situados en mercados o plazas de abastos, al aire libre en la vía pública o jardines.
  • 676 Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
  • 677.1 Servicios prestados por los establecimientos clasificados en los grupos 671, 672, 673 y 682 de las agrupaciones 67 y 68, realizados fuera de dichos establecimientos.
  • 677.9 Otros servicios de alimentación propios de la restauración.
  • 969.1 Otros servicios recreativos, N.C.O.P.: Salas de baile y discotecas
  • 967.1 Instalaciones deportivas.
  • 967.2 Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte.
  • 663.1 Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de productos alimenticios, incluso bebidas y helados.
  • 663.2 Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de artículos textiles y de confección.
  • 663.3 Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de calzado, pieles y artículos de cuero.
  • 663.4 Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de artículos de droguería y cosméticos y de productos químicos en general.
  • 663.9 Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de otras clases de mercancías N.C.O.P.
  • 982.4 Otras atracciones, comercio al por menor y servicios de restauración propios de ferias y verbenas, fuera de establecimiento permanente.

También pueden solicitar la subvención el colectivo de los artesanos, debiendo estar dados de alta en algún epígrafe del impuesto sobre actividades económicas (IAE) correspondiente a la actividad de elaboración, fabricación y/o comercialización de el/los oficio/s artesanos que recoge su carné expedido por la Fundación para la Etnografía y el Desarrollo de la Artesanía Canaria (FEDAC).

Las subvenciones a conceder serán de 1.000€, 2.500€ o 5.000€ según las circunstancias de los diferentes solicitantes.

El proceso de solicitud deberá realizarse íntegramente a través de la sede electrónica de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria https://sede.camaragrancanaria.org

La documentación a presentar variará en función de la condición de autónomo, PYME o artesano del solicitante, pudiendo consultarse en la siguiente Web: Trámites y Subvenciones – Cabildo de Gran Canaria.

Las personas interesadas deberán presentar la solicitud hasta el 21/05/2021.

* Resulta importante solicitar la subvención a la mayor prontitud posible puesto que la gestión de las mismas irá condicionada a la existencia de fondos, otorgándose a aquellos solicitantes que reúnan los requisitos, aporten la documentación acreditativa y, en su caso, presenten las solicitudes mientras quede crédito disponible.

Para más información contactar con nuestro técnico PRODAE que se encuentra ubicado en el Ayuntamiento de Tejeda.
Teléfono: 928 666 001 Ext.121
Correo: desarrollolocal2@tejeda.es

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